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Refinería La Pampilla elude pagar multas por cinco millones de soles

La empresa trasnacional Repsol impugna en el Poder Judicial varias de las sanciones que le impuso Osinergmin desde 2015 por un derrame de petróleo y condiciones de trabajo inseguras.

Hace casi dos meses uno de los mayores desastres naturales ocurrió en aguas peruanas cuando se produjo un derrame de petróleo en el Terminal Marítimo Multiboyas Nº 2 de la Refinería La Pampilla SAA, operada por la transnacional española Repsol. Nueve años antes, el 4 de febrero de 2013, sucedió un hecho similar en el mismo lugar durante la descarga de 420 barriles de hidrocarburo del buque Stena Chronos. Si bien en una primera comunicación, la refinería informó que solo cayó al mar un barril de petróleo, dieciocho días después aclaró que en realidad fueron siete como consecuencia de un orificio en una de las tuberías submarinas. No obstante, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) estimó que se trataron de 195 barriles.

¿Les suena conocida la fábula? Pues a nosotros sí, ya que al parecer a la trasnacional no le gusta comunicar de forma clara sus errores, pero le gusta apelar sanciones para no cumplir con sus obligaciones.

Ya que, por brindar información inexacta sobre la cantidad de combustible vertido y no controlar eficientemente el impacto negativo generado en el mar, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) multó a la refinería con S/ 257 mil. Pero esta no fue su única sanción. El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minas (Osinergmin) —que fiscaliza las operaciones en la industria de hidrocarburos, energía y minería— inició una investigación que culminó en seis multas por un total de 217,54 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/ 837 mil, según el valor de las UIT en los años en que las sanciones fueron confirmadas. La compañía impugnó las sanciones en el 2016 ante el Poder Judicial.

El juicio es parte de un grupo de al menos diez casos impugnados a partir del 2015 por la Refinería La Pampilla en instancias judiciales. Su objetivo es evitar pagar multas por S/ 5,4 millones (1364,34 UIT) confirmadas en la última instancia administrativa del Osinergmin, según información brindada por la Gerencia de Asesoría Jurídica de esta entidad pública. Las sanciones que provienen de la División de Supervisión de Hidrocarburos Líquidos actualmente tienen un promedio de cuatro años en curso en el Poder Judicial. Tres de los casos no tienen sentencia y los siete restantes fueron apelados por la refinería al estar inconforme con los fallos en la primera instancia.

Según explica la abogada Fátima Contreras, de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, cuando se judicializan las multas es muy probable que pasen muchos años para que los casos se resuelvan, lo que supone un escenario de impunidad. “El tiempo que se toma una autoridad para asegurar que la multa sea pagada es tanto que termina no siendo disuasiva. Podría ser engorroso todo el proceso, pero hay empresas que hacen todo lo posible para extender el tiempo que sea necesario mientras siguen operando”, sostiene.

La refinería fue multada con S/ 340 mil (88,56 UIT) por no contar con un sistema automático de detección de fugas, pese a que así lo exige la normativa peruana. En su defensa, según se aprecia en los archivos judiciales, la compañía manifestó “que venía trabajando en la implementación de un sistema de detección de fugas” y que contaba con un plazo adicional para su implementación, por lo que no tiene sentido que la misma entidad que le concedió ese tiempo extra, el Osinergmin, la sancione. No obstante, el Poder Judicial alegó, para desestimar este punto en su impugnación, que la refinería estaba en la obligación de tener un sistema alterno de detección.

Un segundo caso judicializado involucra a José Luis Marroquín, un trabajador de la empresa Tecsur, la cual había sido contratada por la refinería para el mantenimiento de sus equipos. El 2 de octubre de 2009, un drenaje de sus instalaciones estaba obstruido y este empleado procedió a desatorarlo. En ese proceso, una sustancia salpicó sobre su rostro y le ocasionó “quemaduras leves de primer grado y una porción muy pequeña de segundo grado”; sin embargo, recién cinco días después la refinería reportó lo sucedido al Osinergmin.

La Refinería La Pampilla fue sancionada con S/ 1100 (0,30 UIT) por no informar sobre este accidente dentro de las 24 horas siguientes, según detalla la normativa, y S/ 19 mil adicionales (5,01 UIT) por permitir que José Luis desatore el drenaje cuando no era parte de sus labores, y sin las herramientas adecuadas para hacerlo ni protector facial.

En sus descargos, la refinería señaló que el Osinergmin no estaba habilitado para multarla en temas de seguridad laboral porque sus resoluciones de sanciones fueron emitidas cuando el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tenía la función sancionadora en los sectores de energía y minería, según la Ley de Seguridad en el Trabajo publicada el 2011. No obstante, el organismo supervisor recalcó que el accidente y el inicio del procedimiento sancionador ocurrieron antes de emitida la norma.

Finalmente, a ojo de buen cubero notamos un lamentable descuido en la supervisión y manejo de crisis por parte de la trasnacional Repsol, que en vez de aceptar los errores y corregirlos, se digna a apelar sanciones para amontonarlas mientras sigue con sus operaciones poniendo en continuo riesgo el mar de Grau. 


CITA: Desde el 2015, la Refinería La Pampilla ha impugnado ante el Poder Judicial al menos diez casos de sanciones en su contra por un total de 1364,34 unidades impositivas tributarias (UIT); es decir, S/ 5,4 millones, según el valor de las UIT en los años en que las sanciones fueron confirmadas.



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